Cd. de México (06 abril 2026).- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) puede bloquear cuentas bancarias por sospechas de lavado de dinero, incluso sin solicitud de autoridades extranjeras.

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La Corte determinó que estos bloqueos son una medida preventiva y administrativa, no una sanción, por lo que no requieren audiencia previa.
Con este fallo, quedaron sin efecto criterios anteriores que limitaban esta facultad y estableció que la UIF puede actuar con base en información nacional o internacional, en línea con estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
La SCJN subrayó que los afectados pueden impugnar los bloqueos ante instancias como el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) o mediante amparo.
La decisión valida el congelamiento de cuentas como herramienta clave en investigaciones financieras.
Redacción
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