Cd. de México (25 junio 2025).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la condena civil contra el productor Luis de Llano Macedo por abuso sexual y daño moral, durante la relación que sostuvo con la cantante Sasha Sokol, cuando ella tenía catorce años, en la demanda por daño moral al violentar su dignidad, integridad física, intimidad y honor.

La sentencia marcó un precedente a favor de las personas víctimas de abuso sexual, al crear jurisprudencia y dejó en claro que no prescribirán estos delitos, como lo expuso el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo en su proyecto de sentencia.

Se determina que cualquier término de prescripción vulneraría los derechos de acceso a la justicia de las personas que sufrieron violencia sexual cuando eran menores de edad. Además vulneraría el derecho a la libertad y seguridad sexual, a vivir una vida libre de violencia y a la integridad personal; por ello, debe considerarse que para estos casos no debe correr la prescripción”, indica la sentencia.

Sasha Sokol habló en 2022 del abuso que sufrió por parte de Luis de Llano, cuando fue productor de proyectos musicales en los que participaba e inició el proceso legal por abuso sexual en su contra.

Posteriormente, Luis de Llano admitió en un programa de entrevistas que tuvo “una relación” con la cantante cuando él tenía 39 años y ella 14 años.

Tras la polémica, el productor defendió que fue una “relación consensuada”, pese a que ella era menor de edad y él era un figura importante en su carrera musical, lo que configura el delito de grooming.

Incluso, Sasha Sokol ha expresado que en realidad fue sometida a abuso y manipulación por parte de quien era su jefe en esa época.

El 26 de septiembre de 2023, la Séptima Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de CDMX lo encontró culpable.

Al iniciar todo este conflicto, Luis de Llano también señaló que promovería una ley para proteger a los hombres acusados de abuso sexual.

La sentencia de la Sala Civil que revisó el caso, consideró que la adolescente estuvo sometida a una relación “ilícita y asimétrica” debido a la diferencia de edad y al rol jerárquico.

Después de que Luis de Llano apeló esta decisión, aseguró que el delito ya había prescrito, la Sala modificó el fallo y lo declaró también culpable de daño moral por revictimizarla al hablar públicamente de lo ocurrido.

Con ello, Luis de Llano tendrá que cumplir la sentencia que consiste en una disculpa pública, en la prohibición de hablar sobre el caso y en una indemnización económica a Sasha Sokol.

Agencias

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