Cd. de México (05 diciembre 2024).- El Pleno del Senado de la República aprobó con 74 votos a favor de Morena, PT, PVEM, y 30 en contra del PAN, PRI y MC, el segundo dictamen que contiene el proyecto de decreto, por el que se expide la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación, que forma parte de las leyes secundarias de la reforma judicial enviadas por la presidenta Claudia Sheinbaum.

El dictamen continuará su proceso legislativo en la Cámara de Diputados para su análisis, y establece las bases para el desarrollo de los servidores públicos de carácter jurisdiccional, así como medidas para combatir el nepotismo.

El desarrollo de la carrera judicial de los servidores públicos se ajusta a los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, independencia y paridad de género, contemplados en la Constitución.

Se adiciona un Título Tercero, del combate al nepotismo, con medidas para impedir nombramientos de familiares por parte de los titulares, así como el deber de informar sobre vínculos familiares o afectivos.

También pone candado para que no se realicen nombramientos cruzados, es decir, que entre ellos contraten familiares: nombramientos triangulados, cuando entre los titulares de dos órganos jurisdiccionales se contrate a familiares de cada uno de ellos o personas con las que tengan conflictos de interés.

Nuevo perfil para la Carrera Judicial

La Carrera Judicial “constituirá un sistema institucional integrado por los procesos de ingreso, formación, promoción, evaluación del desempeño, permanencia y separación del cargo de las personas servidoras públicas que la componen, basado en el mérito y la igualdad real de oportunidades”.

Además, garantizará la independencia, imparcialidad, idoneidad, estabilidad, profesionalización y especialización de las personas servidoras públicas que forman parte de ella.

Se crea el Registro único de Personas Servidoras Públicas de la Carrera Judicial como un padrón que contendrá información básica y técnica en materia de recursos humanos del personal perteneciente a la Carrera Judicial.

Y la Escuela Judicial que será responsable de diseñar e implementar los procesos de formación, capacitación, evaluación, certificación y actualización del personal de Carrera Judicial y administrativo del Poder Judicial, sus órganos auxiliares y, en su caso, del personal de los poderes judiciales locales, fiscalías, defensorías públicas, organismos de protección de derechos humanos, instituciones de seguridad pública y del público en general.

Con información de Quadratin

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