Cd. de México (29 mayo 2026).- Un juzgado en Naucalpan ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) suministrar un fármaco oncológico a través de medicina de precisión para una paciente que tiene un sarcoma sinovial monofásico grado 3. La resolución fue emitida tras una demanda interpuesta por Mariana Dávalos Carmona, paciente con cáncer que requiere tratamiento específico para su padecimiento.

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El fármaco Entrectinib debe ser entregado a Mariana Dávalos Carmona, diagnosticada en 2022 con sarcoma sinovial con metástasis pulmonar, fue negado por el instituto al argumentar un alto costo

Mariana fue diagnosticada a finales de 2022 con el tumor. Recibió quimioterapias, radioterapias y cirugías en el Centro Médico Nacional Siglo XXI. El cáncer originó metástasis en su pulmón derecho.

Un análisis molecular identificó una mutación en el gen NTRK del tumor. Para esta mutación existe un tratamiento denominado Entrectinib (Rozlytrek) con probabilidad del 80% de ser efectivo en su caso clínico.

El IMSS rechazó autorizar el medicamento bajo el argumento de que no aparece en el Compendio Nacional de Insumos para la Salud. Su costo mensual supera 131 mil pesos, monto que la familia no puede solventar.

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El juez Erik Juárez Olvera ordenó valoración inmediata de la paciente para determinar si Entrectinib constituye el tratamiento de mayor eficacia comparado con opciones del cuadro básico.

Al analizar el caso, el juez instruyó que “en el supuesto de que se concluya que el medicamento denominado Entrectinib constituye el mejor tratamiento para la paciente, el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá realizar los trámites necesarios a fin de que se le otorgue inmediatamente a la paciente”.

Las autoridades del Hospital de Oncología no cumplieron el mandato, por lo que el juzgado requirió intervención de las autoridades del IMSS para la entrega al mencionar que “la violación a la medida suspensional entraña la comisión de un delito equiparable al de abuso de autoridad” que amerita sanciones.

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La demanda presentada por Mariana Dávalos se sustenta en el Artículo 4º de la Constitución que protege la salud, y tratados como el Pacto de San Salvador y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Una jurisprudencia de la Suprema Corte señala que los medicamentos no deben limitarse por razones económicas cuando existe necesidad médica acreditada.

Marcos Muegano

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