Cd. de México (17 septiembre 2025).- Un juzgado federal notificó que fue presentado un amparo a nombre de Andrés Manuel “Andy” López Beltrán, secretario de organización de Morena, y de Gonzalo López Beltrán, para impugnar posibles órdenes de detención o aprehensión, o actos para incomunicarlos o forzar su desaparición.

El amparo 1728/2025 aparece en la lista de acuerdos del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa, y señala como autoridad responsable al titular de la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada de la Fiscalía General de la República (FGR), que lleva la investigación por huachicol contra exmandos de la Secretaría de Marina.

Se trata de un amparo que reclaman “la detención, incomunicación e ilocalizabilidad (sic) de los detenidos, privación de la vida, desaparición forzada u orden de aprehensión”, para que el Juzgado recabe informes de las autoridades responsables y detectar si existe alguna de esas órdenes.

No se puede descartar que terceros de López Beltrán hubieran presentado la demanda sin su conocimiento, pues el otorgamiento de poderes a los abogados, no son necesarias cuando se reclaman este tipo de actos, por lo que cualquier persona pudo promover el amparo.

Este tipo de amparos se tramitan ante juzgados en materia penal, por lo que Verónica Beltrán Munguía, la nueva titular del Juzgado Noveno que apenas tomó posesión ayer, se declaró incompetente para seguir llevando el caso. Previamente, la jueza concedió a los quejosos una suspensión de plano, como es obligatorio por ley cuando se reclaman este tipo de actos.


Se decreta de plano la suspensión del acto reclamado, consistente en la desaparición forzada y posibles actos de tortura e incomunicación de las personas quejosas, en ese sentido, para el debido cumplimiento de esta suspensión, prevéngase a las autoridades señaladas como responsables, para que de inmediato cesen la desaparición forzada, la incomunicación y posible tortura que se dice es objeto las personas quejosas, así como cualquier otro de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución”, ordenó la jueza.

“Prevéngase a dichas autoridades responsables para que, dentro del plazo de 24 horas, hagan del conocimiento de este juzgado la forma y términos en que den cumplimiento a la suspensión aquí decretada; asimismo, informen dónde puede ser localizadas dichas personas quejosas y, a disposición de qué autoridad se encuentran las mismas”.

El Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de México, con sede en Nezahualcóyotl, rindió ayer un informe a la jueza, señalando como autoridades, además de la FGR, a jueces en materia penal que podrían haber ordenado aprehensiones.

Otro amparo a nombre de López Beltrán fue notificado este miércoles por el Juzgado Segundo de Distrito en Zacatecas, pero señalando como autoridad responsable a la Fiscalía General de Justicia de del Estado.

El juez concedió la suspensión de oficio contra posibles detenciones o incomunicaciones en el amparo 2098/2025 para los hijos de AMLO, promovido por el abogado Francisco Javier Rodríguez Smith Macdonald, sin que el documento estuviera firmado por los quejosos.

Agencias

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