Cd. de México (11 septiembre 2024).- En medio de disturbios, el Senado de la República aprobó la iniciativa que propuso el presidente Andrés Manuel López Obrador para reformar el Poder Judicial.

Este miércoles, la minuta fue remitida a los congresos locales de los 31 estados de la República para su aprobación.
“Al ser una reforma constitucional tiene que ser aprobada en el Congreso, por la Cámara de Diputados y la de Senadores, por dos terceras partes, y además deberá ser aprobada por la mayoría de las legislaturas de los 32 estados que conforman al país, incluida la capital mexicana”, indicó a CNN, Arturo Ramos Sobarzo, director del Centro de Investigación Jurídica de la Escuela Libre de Derecho.
Una vez que el proyecto de ley es aprobado por la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, se comunicará al Ejecutivo Federal.
Corresponde en este momento al presidente de la República manifestar su acuerdo y ordenar su promulgación, o expresar la disconformidad formulando objeciones al proyecto.
En caso de que el presidente esté de acuerdo con la totalidad del proyecto, se procederá a sancionarlo y a disponer que se promulgue como ley.
Cabe señalar que la sanción “es el acto de aceptación de una iniciativa de ley o decreto por parte del Poder Ejecutivo”, establecido en el artículo 72 de la Constitución Mexicana.
Los dictámenes, sin excepción, “deberán publicarse en la Gaceta Parlamentaria a más tardar 48 horas antes del inicio de la sesión en que serán puestos a disposición en la sesión”.
Las reformas constitucionales en México comienzan a regir el mismo día en que son publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), excepto que el Constituyente establezca una fecha específica de entrada en vigor.
Con información de CNN