Ciudad de México, México (28 de noviembre de 2018).- Trabajar en días festivos es un tema constante a lo largo del año.
De acuerdo al artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, si los empleadores obligan al empleado a laborar en un día de descanso obligatorio, por ejemplo, el próximo sábado 1 de diciembre (toma de protesta del nuevo presidente), deberán pagarle el día más una compensación que equivalga al doble del salario diario. Por ejemplo, si se gana $100 diarios, pagarán $200 extras, para un total de $300, independiente de otras compensaciones o bonos. Si el día festivo es en domingo, corresponde un 25% adicional por prima dominical.
Las fechas que establece la ley como descansos obligatorios son:
- 1 de enero
- Primer lunes de febrero (conmemoración del 5 de febrero)
- Tercer lunes de marzo (conmemoración del 21 de marzo)
- 1 de mayo
- 16 de septiembre
- Tercer lunes de noviembre (conmemoración del 20 de noviembre)
- 1 de diciembre de cada seis años (toma de protesta del nuevo presidente)
- 25 de diciembre
Estos días no son transferibles a otras fechas.
El domingo 1 de julio de 2018 (elecciones presidenciales) también fue considerado como día oficial. En este caso, si el empleador obliga a sus empleados a trabajar, además de la compensación de sueldo antes mensionada, se le deberá dar permiso al empleado para que pueda acudir a la casilla correspondiente a emitir su voto.
Redacción