El Senado de la República se prepara para discutir la Ley General para Regular y Fomentar el Uso de la Inteligencia Artificial, un proyecto que busca establecer un marco normativo “horizontal, flexible y basado en riesgos”, pero que ha encendido alertas en la oposición por posibles afectaciones a la libertad de expresión

El dictamen reconoce, en su justificación constitucional, que la inteligencia artificial —en especial la generativa y los sistemas de recomendación— puede “alterar los flujos informativos” y “afectar el derecho a recibir información veraz, plural y oportuna”. Asimismo, retoma el artículo 7 constitucional, que prohíbe restricciones indirectas a la difusión de ideas mediante controles o tecnologías.
Sin embargo, legisladores opositores advierten que el diseño de la ley podría derivar en mecanismos de censura ex ante, particularmente en un contexto político donde el partido en el poder busca incidir en la narrativa pública. Señalan que la regulación de contenidos generados o amplificados por IA podría convertirse en una herramienta para limitar opiniones críticas bajo criterios amplios o ambiguos.
La iniciativa contempla la creación de un Registro Nacional de Sistemas de Inteligencia Artificial, de carácter público, que concentrará información sobre sistemas de alto riesgo y aquellos utilizados por el gobierno federal, con funciones de vigilancia y control cuando impliquen riesgos para derechos humanos, seguridad o estabilidad democrática.
El artículo 14 prohíbe sistemas que vulneren derechos como la dignidad, la igualdad o la libertad de expresión, mientras que el 15 establece el derecho de las personas a que las decisiones automatizadas sean “comprensibles, explicables y revisables”, con supervisión humana y posibilidad de impugnación.
No obstante, uno de los puntos más sensibles es el artículo 141, que faculta a la autoridad en la materia para ordenar la suspensión de sistemas de IA cuando representen un “riesgo grave e inminente”. Aunque la medida se plantea como excepcional, especialistas y legisladores advierten que su aplicación podría abrir la puerta a decisiones discrecionales que afecten la circulación de información.
El proyecto también prohíbe prácticas como la manipulación cognitiva, la vigilancia masiva sin control judicial, el uso de deepfakes con fines de desinformación o violencia, y los sistemas de puntuación social. Asimismo, establece sanciones contra la violencia digital mediante IA, especialmente aquella dirigida contra mujeres.
Otro foco de preocupación es el artículo 147, que considera de “alto riesgo” los sistemas utilizados en procesos electorales o para influir en la opinión pública fuera de actividades legítimas. Para la oposición, esta redacción podría permitir clasificar como riesgosos ciertos contenidos políticos, abriendo espacio a restricciones indirectas.
La ley asigna a la Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación la coordinación de la política en la materia, en conjunto con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, que fungirá como autoridad operativa.
Ángel Gallegos