Cd. de México (24 junio 2025).- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) alista un debate crucial que podría redefinir el acceso a la justicia para víctimas de abuso sexual infantil en México, sentando un precedente histórico.

El próximo miércoles 25 de junio de 2025 discutirá el proyecto de sentencia presentado por Jorge Mario Pardo Rebolledo, que propone negar el amparo solicitado por el productor Luis de Llano Macedo, como parte del proceso civil iniciado por la cantante Sasha Sokol, quien lo denunció por abuso ocurrido cuando era menor de edad.
Después de que en 2022, Sasha Sokol denunció en pleno Día Internacional de la Mujer, que en 1984, cuando tenía 14 años, mantuvo una relación con Luis de Llano, de 39 años, quien además de ser su productor, ocupaba una posición de poder en la industria musical, propiciando una relación desigual y marcada por el control.
La denuncia de la cantante derivó de una entrevista con Yordi Rosado, donde Luis De Llano minimizó la situación y la calificó como una relación “abierta y consentida“, revictimizando a Sasha Sokol.
En septiembre de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México declaró al productor civilmente responsable de la relación en sí, también por sus declaraciones.

La sentencia original ordenó a Luis de Llano ofrecer una disculpa pública, abstenerse de mencionar a Sasha Sokol públicamente, tomar un curso sobre prevención de conductas de abuso sexual y pagar una indemnización por daño moral.
Al respecto, la cantante anticipó que cualquier compensación económica sería destinada a ADIVAC, organización dedicada a la prevención y combate del abuso sexual infantil.
Por ello, Luis De Llano interpuso un amparo y argumentó la prescripción del derecho de Sasha Sokol a demandarlo, pues ya había transcurrido el tiempo legal para iniciar un proceso civil.
Además, argumentó que la relación ocurrió hace más de tres décadas y que Sasha Sokol no denunció cuando alcanzó la mayoría de edad.
Sin embargo, la perspectiva que analiza la SCJN es que cualquier término de prescripción vulneraría los derechos de acceso a la justicia, a la libertad y seguridad sexual, a vivir una vida libre de violencia y a la integridad de las personas que sufrieron violencia sexual siendo menores.
Así, el caso atraído por la SCJN en octubre de 2024, aborda directamente la prescripción en casos de abuso a menores por parte de adultos en posición de autoridad o influencia. En la vía civil, como en el caso de Sasha Sokol, la ley fija en general un plazo de dos años para presentar demandas por daño moral. Aunque, cuando el abuso se de en la infancia, el plazo no inicia de inmediato.
La SCJN analiza si aplicar plazos estrictos en casos de abuso infantil vulnera derechos fundamentales, como el acceso a la justicia, la integridad personal y el derecho a una vida libre de violencia. La propuesta abriría la puerta a víctimas de abuso infantil para buscar justicia, sin verse limitadas por el paso del tiempo, especialmente, cuando el agresor ejerza control en la víctima.
La resolución podría transformar el panorama jurídico mexicano en materia de derechos de las víctimas y violencia sexual.
Redacción