Ciudad de México, México (8 de marzo de 2019).- En Chiapas, a partir de esta semana, se castigará con cárcel a quienes publiquen, comercialicen, difundan o compartan imágenes o videos de desnudos o cualquier clase de escenas íntimas sin consentimiento de la persona; las sanciones podrán ir desde los tres hasta los seis años de prisión y multas de entre 200 y 400 días de salario mínimo.
Chiapas es el tercer estado de la República en implementar acciones directas para combatir la violencia digital y prevenir la trata digital de personas y la explotación sexual. Los otros dos Estados con leyes similares son Puebla y Yucatán.
Gracias a la iniciativa de la activista Olimpia Coral Melo creada como una herramienta para defender a las personas, en su mayoría mujeres, cuya intimidad se ve constantemente amedrentada por chantajes, extorsiones, venganza, etc, y al final termina violentando los derechos humanos y garantías individuales de los afectados. En honor a esta activista esta ley es conocida como la ‘Ley Olimpia’.
Olimpia es originaria de Puebla y ha recorrido el país con el fin de que se proclame una regulación en el contenido que se sube a internet.
El artículo 343 Bis del Código Penal del Estado de Chiapas dice:
“Comete un delito contra la privacidad sexual o intimidad corporal, quien o quienes publiquen, difundan o compartan, a través de cualquier medio electrónico, imágenes, audio o videos sobre la vida sexual y/o corporal de una persona, sin su consentimiento”.
Es decir, posar o consentir una fotografía o video sin ropa no significa autorizar su divulgación. La Ley Olimpia busca proteger a quienes intenten abusar de la vulnerabilidad de las personas.
Si la persona que difunda las imágenes tiene o tuvo un vínculo sentimental o de confianza con la persona afectada, el castigo será mayor; ahora que, si el contenido expuesto involucra a menores de edad, la condena se incrementará aún más.
Con información de Chilango