Ciudad de México, México (16 enero 2019). – El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la reforma que crea la Guardia Nacional.
Aquí te dejamos 13 datos del contenido del dictamen aprobado en San Lázaro.

1-. La Cámara de Diputados aprobó, en lo general, con 362 votos a favor, 119 en contra y cuatro abstenciones, el dictamen que crea la Guardia Nacional. Los 362 votos a favor se dieron con la ayuda de Morena, sus aliados PT y Encuentro Social, que sumó el voto a favor del PRI, Verde y el voto dividido del PRD.
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— Canal del Congreso (@CanalCongreso) January 17, 2019
2-. La Guardia Nacional será responsable de las tareas de seguridad pública para la salvaguarda de la vida, libertad, integridad y el patrimonio de las personas, la preservación de los bienes y recursos de la Nación, así como de colaboración con las entidades federativas.
3-. El dictamen indica que las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional.
4-. Establece que la ley determinará la estructura orgánica de la Guardia Nacional adscrita a la Secretaría de Seguridad y tendrá una Junta de Jefes de Estado Mayor compuesta por integrantes de dependencias de los ramos de Seguridad, Defensa Nacional y Marina.
5-. La Guardia Nacional se constituirá, desde su entrada en vigor, con los elementos de las policías Federal, Militar y la Naval que determine en acuerdos de carácter general el Presidente de la República.
6-. En tanto se expida la ley respectiva, la Guardia Nacional asumirá las funciones previstas en el artículo 2 de la Ley de la Policía Federal, con la gradualidad que se requiera para asegurar la continuidad de operaciones y transferencia de recursos humanos, materiales y financieros que correspondan, se precisa en los artículos transitorios.
7-. El Ejecutivo federal, léase el presidente, dispondrá lo necesario para la incorporación de los elementos de las policías Militar y Naval a la Guardia Nacional y los designará a los integrantes de los órganos de dirección superior de dicha corporación.
8-.El dictamen establece que la Secretaría de Seguridad Pública formulará el programa nacional en la materia, así como los respectivos programas operativos, políticas, estrategias y acciones.
9-.La formación, capacitación y el desempeño de los integrantes de la Guardia Nacional se regirán por una doctrina policial fundada en la disciplina, el acatamiento de las órdenes superiores, el respeto a los derechos humanos y la perspectiva de género en el ejercicio de sus funciones.
10-. Los delitos cometidos por elementos de la Guardia Nacional en el ejercicio de sus funciones serán conocidos por la autoridad civil competente, en tanto que las faltas y delitos contra la disciplina militar se atenderán por las autoridades y tribunales militares que correspondan.
11-. Los detenidos por integrantes de la Guardia Nacional deberán ser puestas a disposición en instalaciones de las autoridades civiles que correspondan.
12-. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los objetivos de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública
13-. Será facultad exclusiva del Senado analizar el informe anual que el Presidente de la República le presente sobre las actividades de la Guardia Nacional.
Redacción